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Servicio Aduanero aclara condiciones del nuevo formulario de registro

La presentación del Formulario de Registro Aduanero (FRA), implementado hace poco, solo aplicará a los viajeros y tripulantes que ingresen o salgan del país, con bienes sujetos a declaración. Así lo anunció el Servicio Nacional de Aduanas del Ecuador (Senae), en un comunicado difundido en medios y redes sociales. LEER TAMBIÉN: Servicio Aduanero explica obligación del FRA Inquietudes El Senae reconoció que hay inquietudes ciudadanas por el nuevo requisito, que entrará en vigor el 29 de julio de este año. El FRA establece que “todos los viajeros o tripulantes que ingresen o salgan de Ecuador, estarán obligados a presentar el formulario electrónico”. El Senae aclaró que, entre los bienes sujetos a declaración, están dinero en efectivo, instrumentos negociables al portador, y metales y piedras preciosas, cuyo valor sea igual o supere los 10.000 dólares, o su equivalente en otras monedas. Asimismo, los viajeros deben declarar en el FRA documentos negociables al portador, como cheques, letras de cambio, bonos y acciones, entre otros. El requisito forma parte de la Ley de Prevención, Detección y Erradicación del Lavado de Activos y del Financiamiento de Delitos. El trámite Desde el 29 de julio, la declaración se realizará en línea, aunque de forma excepcional podrá presentarse en físico. El trámite se tiene que realizar hasta con tres días de anticipación al viaje. Los usuarios deben acceder al portal www.aduana.gob.ec/servicio-al-ciudadano/viajeros-por-via-aerea.

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